Reglamento de Seguridad Minera en Chile: Clasificación de Empresas, Documentación y Obligaciones

Considerando el D.S. 30 que modifica el título XV del Reglamento de Seguridad Minera

Clasifique las empresas o productores mineros e indique sus características principales

a. Proyecto de Explotación Artesanal (PEA)

Características:

  • Rango de producción de hasta 500 toneladas de mineral por mes.
  • Secciones autorizadas de máximo 3×3 metros en minería subterránea (exceptuando desquinches, estocadas, etc.).
  • Bancos de hasta 5 metros de altura en minería a rajo abierto o canteras.

b. Proyecto de Explotación Simplificado (PES)

Características:

  • Rango de producción de hasta 2.000 toneladas de mineral por mes.

c. Proyecto de Explotación y/o Tratamiento (PET)

Características:

  • Rango de producción de hasta 5.000 toneladas de mineral por mes.

Indique 4 elementos que debe contener el documento para ser autorizado por Sernageomin

Para el Proyecto de Explotación Artesanal (PEA), el documento debe contener:

  1. Descripción del método de explotación en términos de estabilidad de la estructura.
  2. Descripción del estado del macizo rocoso donde se realizarán los trabajos mineros.
  3. Listado de equipos, maquinarias e instalaciones que se utilizarán.
  4. Evaluación de riesgo e identificación de peligros.

Condiciones para utilizar el auto-rescatador

Minería a cielo abierto con banco de 5 metros y alta concentración de gases

En minería a cielo abierto no se aplica el uso de auto-rescatadores. Estos dispositivos están diseñados para minería subterránea.

Condiciones para solicitar reposición de un auto-rescatador

Se debe solicitar reposición del auto-rescatador en los siguientes casos:

  • Abolladuras o alteraciones en la carcasa de protección (informar al supervisor).
  • Uso en una evacuación por incendio.
  • Sello hermético de protección roto.
  • Peso superior al indicado en la base del dispositivo.

Modificación mayor en una mina

Se considera modificación mayor a cambios importantes en:

  • Ritmos de explotación.
  • Tecnología y diseño de métodos de explotación, ventilación, fortificación o tratamiento de minerales.
  • Ubicación, ampliación o forma de depositación de residuos mineros.
  • Alteraciones en el tipo de roca, leyes o calidad de los minerales.
  • Adelantos tecnológicos que impliquen más que una simple ampliación de tratamiento.

Elementos mínimos de un refugio minero

Un refugio minero debe contar con:

  1. Alimentos no perecibles.
  2. Agua potable (renovada frecuentemente).
  3. Tubos de oxígeno.
  4. Ropa de trabajo para recambio.
  5. Elementos de primeros auxilios.

Objetivo del Reglamento de Seguridad Minera

El Reglamento de Seguridad Minera tiene como objetivo establecer el marco regulatorio para las faenas mineras en Chile, con el fin de:

  • Proteger la vida e integridad física de las personas.
  • Proteger las instalaciones e infraestructura minera.
  • Asegurar la continuidad de los procesos mineros.

Clasificación de contravenciones al Reglamento de Seguridad Minera (Resolución 747 de Sernageomin)

Las contravenciones se clasifican en:

  • Gravísimas: Multas de 40,1 a 50 UTM y/o cierre temporal o indefinido, parcial o total de la faena.
  • Graves: Multas de 30,1 a 40 UTM y/o cierre temporal o indefinido, parcial o total de la faena.
  • Menos graves: Multas de 20 a 30 UTM.

Tipos de empresas mineras según el Código del Trabajo

El Código del Trabajo no define tipos específicos de empresas mineras.

Obligaciones de los trabajadores según el Reglamento de Seguridad Minera

Los trabajadores tienen la obligación de:

  • Verificar el buen funcionamiento de equipos, maquinarias y elementos de control al inicio de la jornada.
  • Verificar el buen estado de estructuras, fortificación, materiales, orden y limpieza del lugar de trabajo.

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