Estándares Clave de Seguridad e Higiene en Entornos Mineros e Industriales

1. Condiciones Generales de Seguridad e Higiene en Establecimientos

  • Sin importar la naturaleza de la empresa, sus fines, el medio donde se ejecuten, sus dispositivos o maquinaria, en todo establecimiento dentro del territorio de la República, deben ajustarse las condiciones de higiene y seguridad en el trabajo según las normas de la Ley N° 19.587.
  • Se considera establecimiento, explotación, centro de trabajo o puesto de trabajo a todo lugar donde se realicen tareas de cualquier naturaleza, donde se encuentren personas y depósitos que permanezcan o asistan por razones de trabajo.
  • El encargado del establecimiento donde se realiza el trabajo es el principal responsable de la seguridad y prevención de siniestros. Los terceros que trabajen en el establecimiento también están sujetos a estas leyes.
  • Preservar la vida, la seguridad, la higiene y promover la actitud de prevención de los accidentes de trabajo. Eliminar todo tipo de riesgo.

2. Características Constructivas de los Establecimientos

Todo establecimiento deberá tener una adecuada funcionalidad en la distribución y características de sus locales de trabajo y dependencias complementarias, previendo condiciones óptimas de higiene y seguridad en sus construcciones e instalaciones, en la disposición de los lugares de trabajo y en el ingreso, tránsito y egreso del personal, tanto para el desarrollo normal de tareas como para situaciones de emergencia. Con el mismo criterio, deberán proyectarse la distribución, construcción y montaje de los equipos industriales y las instalaciones de servicio. Los equipos, depósitos y procesos riesgosos deberán quedar aislados o adecuadamente protegidos. En aquellos municipios donde no existan códigos específicos en la materia o estos no sean suficientes, se adoptará como referencia el de la Municipalidad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).

3. Condiciones de Provisión de Agua Potable

Se eliminará toda posible fuente de contaminación de las aguas utilizadas y se mantendrán los niveles de calidad de acuerdo con lo establecido en el artículo 58. Se deberán realizar análisis periódicos del agua utilizada, ya sea obtenida dentro de la planta o traída de otros lugares. Estos análisis serán efectuados por dependencias oficiales. En caso de no contar con laboratorios oficiales, podrán efectuarse en laboratorios privados debidamente autorizados.

4. Desagües Industriales

  • Los efluentes industriales deberán ser recogidos y canalizados, impidiendo su libre escurrimiento por los pisos y conduciéndolos a un lugar de captación y alejamiento para su posterior evacuación. Los desagües deberán ser canalizados por conductos cerrados cuando exista riesgo de contaminación.
  • Deberá evitarse el contacto entre líquidos que puedan reaccionar produciendo vapores, gases tóxicos o desprendimiento de calor; estos deberán canalizarse por separado.
  • Los conductos o canalizaciones deberán ser sólidamente construidos y de materiales acordes con la naturaleza fisicoquímica de los líquidos conducidos.
  • Los conductos no deberán generar desniveles en el piso de los lugares de trabajo que obstaculicen el tránsito u originen riesgos de caída.
  • Los efluentes deberán ser evacuados a plantas de tratamiento según la legislación vigente en la zona de ubicación del establecimiento, de manera que no representen un riesgo para la salud de los trabajadores ni un factor de contaminación ambiental.
  • Donde existan plantas de tratamiento de efluentes, estas deberán limpiarse periódicamente, debiéndose tomar las precauciones necesarias de protección personal para los trabajadores que las efectúen. Las zonas de las plantas de tratamiento que requieran acceso humano periódico deberán ofrecer buenas condiciones de acceso, iluminación y ventilación.

5. Características de la Carga Térmica

Carga térmica: Es la suma de la carga térmica ambiental y el calor generado en los procesos metabólicos. El calor actúa sobre el cuerpo humano de forma muy compleja, afectando la fisiología general del organismo.

Es necesario que la temperatura corporal se mantenga estable; pequeños cambios de temperatura pueden producir graves desequilibrios. Si el organismo no puede eliminar calor, este se acumula y la temperatura corporal se eleva, obligando al organismo a adaptarse a las nuevas condiciones. Si la elevación continúa y el problema no puede resolverse, sobreviene la muerte. La transferencia de calor obliga siempre a la existencia de una diferencia de temperatura. Cuando el aire está más frío que la piel, se pierde calor por convección y radiación; en caso contrario, se puede ganar calor.

Si la temperatura del aire es superior a la de la piel, los mecanismos de transferencia por radiación y convección acumulan calor en el cuerpo en lugar de disiparlo. En esas condiciones, es necesario recurrir a otro mecanismo de pérdida de calor: la evaporación del sudor o transpiración de la piel.

6. Características de las Condiciones Ambientales

  • La temperatura de los locales con trabajos sedentarios deberá estar comprendida entre 17 y 27 °C. La temperatura de los locales donde se realicen trabajos ligeros deberá estar comprendida entre 14 y 25 °C.
  • Durante el período invernal, la temperatura del aire en locales cerrados con trabajos sedentarios (oficinas o similares) debería mantenerse entre 17 °C y 24 °C, considerando el uso de ropa de abrigo. En verano, al usarse ropa ligera, la temperatura del aire debería estar comprendida entre 23 °C y 27 °C.
  • La humedad relativa deberá estar comprendida entre el 30% y el 70%, excepto en los locales donde existan riesgos por electricidad estática, en los que el límite inferior será del 50%.
  • La renovación mínima del aire en los locales de trabajo será de 30 metros cúbicos de aire limpio por hora y trabajador para trabajos sedentarios en ambientes no calurosos ni contaminados, y de 50 metros cúbicos en los casos restantes.

7. Tipos de Termómetros para Medición Ambiental

Termómetro de Bulbo Húmedo

Es un termómetro de mercurio cuyo bulbo está envuelto en un paño de algodón empapado en agua, empleado para medir la temperatura húmeda del aire.

Termómetro de Globo

Para medir la temperatura radiante media. Consiste en un termómetro de mercurio cuyo bulbo se encuentra dentro de una esfera de metal hueca, pintada de negro mate. La esfera absorbe radiación de los objetos del entorno más calientes que el aire y emite radiación hacia los más fríos, lo que resulta en una medición que considera la radiación.

Termómetro de Bulbo Seco

Es la temperatura medida con un termómetro convencional (de mercurio o similar) cuyo bulbo se encuentra seco.

8. Radiaciones: Características, Riesgos y Medidas de Control

Radiaciones Ionizantes

La Secretaría de Estado de Salud Pública de la Nación es la autoridad competente para la aplicación de la Ley N° 19.587 en el uso o aplicación de equipos generadores de Rayos X. Posee facultades para tramitar y expedir licencias y autorizaciones que reglamenten la fabricación, instalación y operación de estos equipos, así como para otorgar licencias y autorizaciones a las personas bajo cuya responsabilidad se lleven a cabo dichas prácticas u operaciones.

Radiaciones No Ionizantes

Radiaciones Infrarrojas

En los lugares de trabajo con exposición intensa a radiaciones infrarrojas, se instalarán, tan cerca de las fuentes de origen como sea posible, pantallas absorbentes, cortinas de agua u otros dispositivos apropiados para neutralizar o disminuir el riesgo. Los trabajadores expuestos frecuentemente a estas radiaciones deberán ser provistos de protección ocular. Si la exposición es constante, se dotará además a los trabajadores de casco con visera o máscara adecuada y de ropa ligera y resistente al calor.

Microondas

Las exposiciones laborales máximas a microondas en la gama de frecuencias comprendidas entre 100 MHz y 100 GHz son las siguientes:

  • Para niveles de densidad media de flujo de energía que no superen los 10 mW/cm², el tiempo total de exposición se limitará a 8 horas/día (exposición continua).
  • Para niveles de densidad media de flujo de energía a partir de 10 mW/cm² pero sin superar los 25 mW/cm², el tiempo de exposición se limitará a un máximo de 10 minutos en cada período de 60 minutos durante la jornada de 8 horas (exposición intermitente).

9. Iluminación de Edificios según su Servicio

(Contenido específico sobre este tema no proporcionado en el documento original)

10. Fenómenos de Temperatura y Color de la Luz

La calidad de la luz emitida depende directamente de la temperatura a la que se encuentre el cuerpo. Un cuerpo ligeramente caliente (alrededor de 1600 °C) emite luz rojo-naranja, mientras que un cuerpo muy caliente (alrededor de 5000 °C) emite luz muy blanca e incluso puede llegar al blanco azulado a temperaturas extremas (de 8000-9000 °C).

11. Información de los Colores en la Señalética de Seguridad

ROJO

Indica detención o prohibición, y también identifica los elementos contra incendios. Se utiliza para indicar dispositivos de parada de emergencia o elementos de seguridad cuyo uso está prohibido en circunstancias normales.

AMARILLO

Solo o combinado con bandas negras de igual anchura e inclinación de 45 grados respecto a la horizontal, indica precaución o advierte sobre riesgos. Ejemplos: Partes de máquinas que pueden golpear, cortar, electrocutar o causar daños de otro modo.

VERDE

Indica condición segura. Se utiliza en elementos de seguridad generales (excepto fuego), por ejemplo:

  • Vías de evacuación hacia salas de primeros auxilios.
  • Puertas o salidas de emergencia.

AZUL

Denota obligación. Se aplica a partes de artefactos cuya remoción o accionamiento implica una obligación de proceder con cautela. Ejemplos:

  • Tapas de interruptores.
  • Cajas de comando de equipos y máquinas.
  • Uso de equipo de protección personal (EPP), etc.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.